Mediante la Resolución Nro. SG 871, el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social de Paraguay estableció nuevas disposiciones para el ingreso y salida de personas hacia y desde zonas de riesgo de fiebre amarilla. Esta normativa, en vigencia desde el 27 de diciembre de 2024, busca reforzar el control epidemiológico y la prevención de la enfermedad en el país.
Puntos principales de la Resolución
El Artículo 3 dispone que cualquier ciudadano paraguayo o extranjero con residencia permanente que provenga de una zona de riesgo y no posea el Certificado Internacional de Vacunación contra la Fiebre Amarilla será sometido a control sanitario obligatorio por un período de seis días.
Además, el listado de zonas de riesgo fue actualizado conforme a la Alerta Epidemiológica emitida por OPS/OMS el 6 de noviembre de 2024. Entre los países con regiones específicas consideradas de riesgo están Bolivia, Brasil, Colombia, Guyana y Perú. Cabe destacar que el Estado de Paraná, Brasil, fue excluido del listado.
Rol de las instituciones
La implementación de estas disposiciones requiere coordinación interinstitucional:
Dirección Nacional de Migraciones: Supervisará los controles en puntos de entrada y salida.
Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social: Garantizará el cumplimiento de las medidas y coordinará acciones con otros sectores.
Ministerio del Interior y SENATUR: Participarán en actividades de vigilancia y campañas de sensibilización.
SENACSA y el Ministerio de Agricultura y Ganadería: Apoyarán en el monitoreo de vectores y animales susceptibles en áreas rurales.
Entidades Binacionales: Implementarán medidas preventivas en áreas fronterizas.
Recomendaciones para viajeros
La normativa subraya la importancia de vacunarse al menos 10 días antes de viajar a zonas de riesgo. En caso de contraindicaciones médicas, el viajero deberá presentar un certificado médico válido y será sometido a control sanitario.
El Certificado Internacional de Vacunación es ahora obligatorio para la compra de pasajes y la realización de trámites migratorios relacionados con viajes a zonas de riesgo.
Excepciones consideradas
Quedan exceptuados: Menores de 1 año. Mayores de 59 años. Personas con condiciones médicas que contraindiquen la vacunación, debidamente justificadas mediante un certificado médico.
Impacto en el turismo y la salud pública
Estas medidas refuerzan la protección de los viajeros y las comunidades locales, especialmente en regiones fronterizas y rurales. La articulación entre instituciones públicas y privadas será clave para garantizar su efectividad. Asimismo, destacan el compromiso de Paraguay con el turismo seguro y la prevención sanitaria en un contexto de constante monitoreo epidemiológico.